• [easy-social-share buttons=»facebook,twitter,linkedin» counters=0 style=»button» point_type=»simple»]

Innovación, Tecnología, Ubicación 2

Argentina Los empleadores podrán pagar sueldos mediante billeteras electrónicas

La Ley de Contrato de Trabajo dispone en su artículo 124 cuáles son los medios de pago para los salarios. En todos los casos, el empleado puede exigir que el dinero a cambio de su trabajo, se le otorgue en efectivo.

Una resolución del Ministerio de Trabajo, publicada en Boletín Oficial, estableció que: “Los dispositivos de comunicación móviles u otros soportes electrónicos habilitados como canales para la transferencia inmediata de fondos podrán ser utilizados por el empleador para la acreditación de remuneraciones en dinero”.

Entre las salvedades, se encuentra la necesidad de que el trabajador acepte fehacientemente esta opción y que no le represente ningún tipo de costo para él.

Entre las razones aducidas por el Ministerios para introducir esta modificación, se encuentran las distintas desregulaciones que el Banco Central ha realizado para promover “la utilización de nuevos canales de transferencias inmediatas de fondos a través del uso de plataformas de pagos móviles”.

En este momento, en el país existen varias billeteras digitales, tanto bancarias como no bancarias, que permiten desde la extracción en cajeros automáticos hasta en las redes de cobranzas extrabancarias, aunque su penetración es todavía moderada.

La medida despertó gran expectativa entre los operadores de este ecosistema. El CEO de SOS Movil afirmó que “Con esta apertura, se está abriendo el desarrollo del negocio financiero por fuera de los bancos”, explicó, una billetera digital que nació en Jujuy y que fue galardonada en el hackatón de innovación que organiza el BCRA

Fuente. 23/04/2018 El Cronista Comercial – Nota – Sup. Finanzas y Mercados – Pag. 12

Previous ArticleNext Article

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *