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Innovación, Recursos Humanos, RSE, Ubicación 2

CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD LABORAL. Por Claudio San Juan

La creación del «Programa Empleo Verde» (Resolución 82/2023 MTESS, Boletín Oficial 23 de febrero de 2023), facilita implementar una iniciativa tendiente a promover una línea de trabajo sobre “Prevención de los riesgos laborales derivados del cambio climático”.

En Argentina, la Ley 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global (Boletín Oficial 20-dic-2019), en su artículo 3° inciso a) define cambio climático a la “Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad climática natural observada durante períodos de tiempo comparables”.

El Decreto 1030/2020 reglamentario de la Ley N° 27.520 en su Anexo, artículo 3° punto 7. define efectos adversos del cambio climático a los “Cambios en el medio ambiente físico o en la biota resultantes del cambio climático que tienen efectos nocivos significativos en la composición, la capacidad de recuperación o la productividad de los ecosistemas naturales o sujetos a ordenación, o en el funcionamiento de los sistemas socioeconómicos, o en la salud y el bienestar humanos”.

Respecto de los efectos nocivos a la salud, distintos autores señalan que las tareas al aire libre son las de mayor impacto en la salud y seguridad de las y los trabajadores[1], como consecuencia de los efectos adversos del cambio climático en las modificaciones de los entornos laborales.

Por ello, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) compiló una serie de sectores y ocupaciones de gran implicancia para la adaptación al cambio climático.[2]

Causas y consecuencias

El cambio climático afecta la salud de las personas que trabajan al aire libre debido a los aumentos de temperatura, mala calidad del aire, condiciones meteorológicas extremas, enfermedades transmitidas por animales, exposiciones industriales y daños a la infraestructura. Algunas de las ocupaciones afectadas por el cambio climático son:

  • agricultores, criadores de ganado, y otros trabajadores de la agricultura y la ganadería
  • pescadores comerciales
  • trabajadores de la construcción
  • paramédicos, bomberos, policía, y otros equipos de intervención inmediata
  • trabajadores del transporte

Algunos tipos de enfermedades profesionales[3]

Enfermedades causadas por exposición a gases de efecto invernadero[4]

  • Patología respiratoria aguda: Irritación de vías respiratorias, síndromes asmatiformes, disfunción respiratoria.
  • Patología respiratoria crónica: EPOC, Cáncer, Enfermedad isquémica cardiaca.

Enfermedades causadas por exposición a radiaciones ultravioletas (UV)

  • Radiación ultravioleta C (UVC): Absorbida por la capa de ozono, la exposición es producción artificial, como germicida
  • Radiación ultravioleta B (UVB): La más perjudicial para piel y ojos, no llega de forma intensa a la corteza terrestre (quemaduras y melanoma).
  • Radiación ultravioleta A (UVA): Fotones de baja energía, relacionadas con el envejecimiento de la piel

Enfermedades causadas por exposición a altas temperaturas

  • Erupción por calor (miliaria rubra)
  • Sudamina
  • Deshidratación y pérdida de minerales
  • Golpe de calor

Enfermedades causadas por alteración del ecosistema

  • Patología respiratoria (incluida asma por redistribución de periodos polínicos, plantas colonizadoras)
  • Patología infecciosa: Brotes infecciosos emergentes y reemergentes
  • Patología infecciosa por la calidad de aire interior: Legionella, Sindrome del Edificio Enfermo
  • Enfermedades transmitidas por vectores

Otros efectos por fenómenos climáticos extremos y catástrofes naturales

  • Incremento y dispersión de contaminantes químicos
  • Aparición de reservorios, enfermedades infecciosas
  • Alteraciones del comportamiento: Estrés, estrés post-traumático, conductas violentas

Políticas en materia de salud y seguridad en el trabajo (en el marco de las “Directrices de política para una transición justa hacia economías y sociedades ambientalmente sostenibles para todos”, OIT, 2015)

Se espera que el cambio climático afecte el trabajo en aquellas ramas de actividad sensibles al clima (como la agricultura y el turismo) y aumente los riesgos ocupacionales de los trabajadores que desempeñan su actividad laboral al aire libre, debido al aumento de eventos extremos, la exposición a temperaturas elevadas y a enfermedades transmitidas por vectores.[5]

Un conjunto de acciones concretas son indicadas en el punto 33 de las directrices:

Los gobiernos y los interlocutores sociales deberían: 

a) incluir aspectos de SST en los programas de certificación de la sostenibilidad, según proceda,

b) promover una formación adecuada sobre SST en los empleos verdes para los trabajadores (programas de capacitación profesional y programas de formación continua en SST) y para los empleadores, los miembros de los comités de seguridad y salud y los inspectores de trabajo, y

c) abordar los efectos del trabajo informal en la SST y facilitar la transición hacia la economía formal en actividades relacionadas con la ecologización de la economía, tales como la recuperación y el reciclaje de materiales, a través de iniciativas de formación, capacitación y certificación y, en caso necesario, de medidas legislativas.

De manera previa, el punto 32 enumera otros puntos en consulta con los interlocutores sociales, que los gobiernos deberían abordar. A nuestro entender tienen fundamento en los estándares laborales internacionales relevantes para las políticas de adaptación y mitigación  del cambio climático, tales como:[6]

 Políticas de adaptaciónPolíticas de mitigación
 Estrés en el trabajo inducido por el medio ambiente: Calidad peligrosa del aire: C.148 (Medio ambiente laboral  (Contaminación del aire, ruido y vibraciones));Medidas para hacer frente al calor y otras situaciones de  estrés en el trabajo: C.110 (Plantaciones), R.116 (Reducción  de las horas laborales);Salud y seguridad en el trabajo (SST): C.155 y P.155 (SST), C.187 (Marco Promocional de SST), C.161 (Servicios de Salud).Mejora de la capacidad de adaptación: Reducción de la pobreza: varios estándares laborales  internacionales, incluidos aquellos que tratan derechos  fundamentales en el trabajo, el empleo, la seguridad social  y la SST; Mejora de la educación/el conocimiento y las habilidades: C.140 (Licencia por estudios paga), C.142 (Desarrollo de recursos  humanos); C.155 y P155 (OSH);Promoción de los derechos de grupos vulnerables al  cambio climático: C.111 (Discriminación), C.159 y R.168 Rehabilitación vocacional y empleo (Personas discapacitadas), C.183 (Protección de la maternidad), C.169 (Pueblos indígenas  y tribales).
 Compensación y protección para trabajadores en  sectores afectados: Desempleo: C.102 (Seguridad social (Estándares mínimos), C.168 (Promoción del empleo y protección contra el desempleo);Compensación para las víctimas de la contaminación y  otros daños ambientales: R.181 (Prevención de accidentes  industriales importantes);Compensación por haber sido eliminado de sus tierras  tradicionales: C.169 (Pueblos indígenas y tribales);Niveles mínimos de beneficios para los trabajadores que  sufren un accidente o una enfermedad relacionados con  el trabajo: C.121 y R.121 (Beneficios por lesiones laborales), R.202 (Pisos de protección social).Prevención del daño al medio ambiente: Medidas de prevención y protección: C.162 y R.172 (Asbesto); C.176 (Seguridad y salud en las minas); R.192 (Seguridad y salud  en la agricultura);Gestión ambientalmente racional de la contaminación y la  eliminación de residuos: C.162 y R.172 (Asbesto), C.170 y R.177  (Químicos), C.184 y R.192 (Seguridad y salud en la agricultura);Evaluación del impacto ambiental: C.169 (Pueblos indígenas  y tribales).
 Desplazamiento inducido por motivos ambientales  (migración): Estándares específicos para la migración laboral: C.097 (Migración para conseguir empleo), C.143 (Trabajadores  migrantes), R.100 (Protección de trabajadores migrantes); R.151 (Trabajadores migrantes).Reducción de emisiones de gases de  efecto invernadero: Relacionadas con la agricultura: C.184 y R.192 (Seguridad y  salud en la agricultura);Relacionadas con la minería: C.176 y R.183 (Seguridad y salud  en las minas).
Medidas para abordar desastres: Preparación para los desastres industriales y respuesta a  ellos: C.174 (Prevención de accidentes industriales importantes);Preparación para los desastres naturales y otras  situaciones de crisis, y respuesta a ellos: R.205  (Empleo y trabajo decente para la paz y la resiliencia).Medidas de políticas sectoriales: Agricultura: C.184 y R.192 (Seguridad y salud en la agricultura);Químicos: C.170 y R.177 (Químicos);Gestión de residuos: C.170 y R.177 (Químicos), C.184 y R.192  (Seguridad y salud en la agricultura). 
Diversificación de economías y reparación de  desigualdades: Política de empleo: C.122 (Política de empleo), R.189 (Creación de trabajos en pequeñas y medianas empresas), R.198 (Relación de empleo), R.205 (Empleo y trabajo decente  para la paz y la resiliencia);Habilidades: C.140 (Licencia por estudios paga), C.142 (Desarrollo de recursos humanos).Patrones de producción y consumo sostenibles: Eliminación o reducción de los procesos de producción   que puedan dañar al medio ambiente, y respeto por los  umbrales ecológicos, así como también la minimización de  los residuos: C.148 (Ambiente laboral, Contaminación aérea,  ruido y vibraciones), C.162 (Asbesto), C.169 (Pueblos indígenas  y tribales), C.170 (Químicos), C.174 (Prevención de accidentes  industriales importantes), C.176 (Seguridad y salud en las  minas), C.184 (Seguridad y salud en la agricultura). 
Estándares laborales internacionales entrelazados 
Diálogo social: C.087 (Libertad de asociación y protección del derecho  de sindicación), C.098 (Derecho de sindicación y de  negociación colectiva).Desarrollo de habilidades: C.140 (Licencia por estudios paga), C.142 (Desarrollo de  recursos humanos), C.155 y P.155 (SST). 

De lo anteriormente expuesto, el impacto del cambio climático en la salud y seguridad de las y los trabajadores requiere de una política general y de una serie de programas particulares según las ramas de actividad y la exposición a los factores de riesgo en razón de las ocupaciones laborales.

Por tanto, en el marco de la Resolución 82/2023 MTESS, que crea el «Programa Empleo Verde» una iniciativa factible, es promover una línea de trabajo sobre “Prevención de los riesgos laborales derivados del cambio climático”.


[1]    Maqueda, Jerónimo (2016) “Salud laboral y cambio climático” Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo (INSHT), United States Environmental Protection Agency (US EPA, 2016), “El cambio climático y la salud de los grupos ocupacionales”.

[2]    OIT (2018) “Adaptación al cambio climático y su impacto sobre el empleo. Documento de insumo para el Grupo de Trabajo de Sustentabilidad Climática del G20”, https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_emp/documents/publication/wcms_650455.pdf  

[3]    Maqueda, op. cit

[4]    Ver Anexo A del Protocolo de Kyoto, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/65000-69999/67901/norma.htm

[5]    Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, Resolución 447/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

[6]    OIT, 2018 op cit, ver Tabla 4.

Claudio San Juan Miembro de la “Red Euro-Latinoamericana de Análisis sobre Trabajo y Sindicalismo” (RELATS). Email: [email protected]

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